Estacionamiento de Oficiales de Justicia.
• BM N° 19652
CONCEJO DELIBERANTE ORDENANZA N° 47136/ CjD/ 93
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA N° 33.266 (B.M. N° 15.419), SOBRE PERMISOS ESPECIALES DE ESTACIONAMIENTO. MÉDICOS - PERIODISTAS - RELIGIOSOS - OFICIALES DE JUSTICIA
Buenos Aires, 09/09/1993
Artículo 1°.- Modifícase el capítulo 8.8, punto N° 8.8.1 de la Ordenanza N° 33.266 (B.M. N° 15.419) AD 806.1, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Capítulo 8.8: Permisos especiales de estacionamiento
8.8.1: Queda autorizada la detención momentánea de vehículos conducidos por médicos, bioquímicos, obstetras, kinesiólogos, periodistas y religiosos que realicen servicios de extremaunción, ayuda espiritual, etc. y oficiales de justicia que se encuentren en el desempeño de sus funciones específicas, por un período que no exceda de sesenta (60) minutos en aquellos lugares que rija alguna prohibición de estacionarniento, debiendo cumplimentar las disposiciones de carácter general y las que regulan el estacionamiento medido en cualquiera de sus formas.
Art. 2°.- Comuníquese, etcétera.
Fdo:Samuel Bouer
Gracias Samuel...............................
1 Comments:
Piumato,
tendrá libre estacionamiento?....
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